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Calendario fiscal y mercantil


Los plazos habituales de una sociedad con ejercicio natural y de los autónomos. Cuando el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se traslada al siguiente día hábil.

Enero
  • Hasta el 20. Retenciones del cuarto trimestre: trabajo y profesionales (111), alquileres (115) y capital (123).
  • Hasta el 30. IVA del cuarto trimestre (303) y resumen anual (390); operaciones intracomunitarias (349); pagos fraccionados de autónomos (130 y 131).
  • Hasta el 31. Resúmenes anuales de retenciones (190, 180 y 193).
Febrero
  • Durante el mes. Declaración de operaciones con terceros de más de 3.005,06 euros (347).
Marzo
  • Hasta el 31. El órgano de administración formula las cuentas anuales del ejercicio anterior (sociedades con ejercicio natural).
Abril
  • Del 1 al 20. Impuestos del primer trimestre: IVA (303), retenciones (111, 115 y 123), autónomos (130 y 131) y 349.
  • Del 1 al 20. Primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202).
  • Hasta el 30. Legalización de los libros oficiales del ejercicio anterior.
  • Desde principios de abril. Comienza la campaña de la Renta y del Patrimonio.
Junio
  • Hasta el 30. Fin de la campaña de la Renta y del Patrimonio.
  • Hasta el 30. La junta general aprueba las cuentas anuales.
Julio
  • Del 1 al 20. Impuestos del segundo trimestre (303, 111, 115, 123, 130, 131 y 349).
  • Hasta el 25. Impuesto sobre Sociedades (200) de las sociedades con ejercicio natural.
  • Hasta el 30. Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil (un mes desde su aprobación).
Octubre
  • Del 1 al 20. Impuestos del tercer trimestre y segundo pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202).
Noviembre
  • Hasta el 30. Declaración de operaciones vinculadas del ejercicio anterior (232).
  • Hasta el 30. Inscripción o baja en el registro de devolución mensual del IVA para el año siguiente.
Diciembre
  • Del 1 al 20. Tercer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202).
Todos los meses
  • Hasta el último día. Seguros sociales del mes anterior.
  • Hasta el 20 (y el 30 para el IVA). Empresas en régimen mensual: grandes empresas, inscritas en la devolución mensual o en el SII.

Calendario orientativo. Las fechas exactas de cada año las publica la Agencia Tributaria en su calendario del contribuyente; los clientes del despacho reciben el aviso de cada plazo con antelación.