
Representamos a nuestros clientes ante los juzgados civiles, mercantiles, sociales y contencioso-administrativos. Antes de iniciar un procedimiento valoramos con franqueza sus posibilidades, su coste y su duración.
En la medida de lo posible buscamos una solución negociada: requerimientos fehacientes, mediación y los medios adecuados de solución de controversias que hoy exige la ley antes de demandar en la jurisdicción civil.
Qué hacemos
Civil y mercantil
- Reclamación de deudas: requerimientos, burofax y procedimiento monitorio
- Incumplimientos contractuales
- Conflictos entre socios e impugnación de acuerdos
- Responsabilidad de administradores
Laboral y contencioso
- Despidos, reclamaciones de cantidad y sanciones
- Recursos contencioso-administrativos
- Responsabilidad patrimonial de la Administración
Insolvencia
- Concurso de acreedores
- Planes de reestructuración
- Segunda oportunidad para personas físicas
Cuestiones habituales
¿Qué hago si un cliente no me paga?
Lo primero es un requerimiento fehaciente de pago. Si no surte efecto y la deuda está documentada, el procedimiento monitorio permite reclamarla con rapidez y a un coste moderado.
¿Es obligatorio intentar un acuerdo antes de demandar?
En la mayoría de los asuntos civiles y mercantiles, sí: la ley exige acreditar un intento previo de negociación por alguno de los medios adecuados de solución de controversias antes de presentar la demanda.
¿Hablamos de su empresa?
Primera reunión de 30 minutos sin coste: en su empresa, en nuestras oficinas o por videoconferencia.