
El Ministerio de Trabajo pretendía aprobar antes de las elecciones el real decreto que obligará a registrar la jornada con sistemas digitales accesibles para la Inspección de Trabajo. A la fecha de esta publicación no ha aparecido en el Boletín Oficial del Estado.
Mientras tanto, sigue plenamente vigente la obligación establecida en 2019:
- Registrar cada día la hora de entrada y de salida de cada trabajador.
- Conservar los registros durante cuatro años.
- Tenerlos a disposición de la Inspección, de la representación legal y de la propia plantilla.
La falta de registro es una de las infracciones que la Inspección comprueba con más frecuencia, y su ausencia dificulta a la empresa defenderse en reclamaciones de horas extraordinarias.
Revisamos su sistema de fichaje para que cumpla hoy y esté preparado para el formato digital.
Reservar una reuniónEsta publicación tiene carácter informativo y refleja la normativa vigente a 28 de octubre de 2026. No constituye asesoramiento para un caso concreto.