
El 5 de octubre Hacienda anunció que la obligación de utilizar sistemas de facturación verificables (Verifactu) se retrasaría a octubre de 2028. A la fecha de esta publicación, sin embargo, la norma que aprueba el aplazamiento no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Mientras no se publique, las fechas legales siguen siendo las vigentes:
- 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para los autónomos y el resto de obligados.
Para una sociedad, eso supone apenas unas semanas de margen. Con un proceso electoral en curso, conviene no dar el aplazamiento por hecho y comprobar desde ahora que el programa de facturación cumple los requisitos técnicos.
Confirmar con su proveedor de software que el programa genera registros de facturación conformes y puede remitirlos a la Agencia Tributaria, y revisar el plan de implantación de la factura electrónica entre empresas.
Revisamos su programa de facturación para que esté preparado si el aplazamiento no se publica a tiempo.
Reservar una reuniónEsta publicación tiene carácter informativo y refleja la normativa vigente a 28 de octubre de 2026. No constituye asesoramiento para un caso concreto.